Santiago Félix Hidalgo · Abogado PenalistaSantiago Félix Hidalgo
ESTÁS ENAduana · Liberación de mercadería
Urgencia 24 HS
DERECHO ADUANERO · LIBRAMIENTO

Liberar una carga no depende de una fórmula: depende de por qué Aduana la detuvo y qué herramienta admite ese supuesto.

El Código Aduanero contempla distintos mecanismos de libramiento y garantía. El análisis parte del art. 245, del régimen de garantía del art. 453, del incidente del art. 1043 y de procedimientos especiales como la RG 4526/2019.

Argentinacoordinación según jurisdicción y actuación
Aduanasumarios, infracciones y libramiento
Puertosterminales, depósitos y comercio exterior
Federaldefensa en delitos aduaneros
01
ARTÍCULO 245

La regla actual busca evitar inmovilizaciones innecesarias cuando la prueba puede preservarse por otros medios.

Si durante el despacho aparece prima facie un ilícito, el agente formula la denuncia y preserva, cuando corresponde, las muestras necesarias. Cumplido ello, la norma dispone el libramiento y permite exigir garantía.

El propio artículo establece excepciones cuando la mercadería es indispensable para decidir, está afectada a un ilícito con pena de comiso o se discute una prohibición.

02
ARTÍCULO 453

La garantía protege el eventual crédito fiscal o sancionatorio sin confundirlo con una condena.

La constitución de garantía puede aparecer en supuestos tributarios y en casos donde el despacho está detenido por un presunto ilícito que podría generar multa.

El monto, la modalidad y la aceptación de la garantía requieren analizar la base económica de la controversia y la actuación concreta.

03
ARTÍCULO 1043

Cuando ya existe un procedimiento, el pedido de libramiento puede tramitar por incidente.

El incidente se tramita en pieza separada y no sustituye la defensa del expediente principal. Su objetivo es discutir específicamente la situación de la mercadería detenida.

Esto permite separar dos problemas: qué responsabilidad existe en el fondo y si resulta necesario que la carga permanezca inmovilizada mientras esa cuestión se resuelve.

04
RG 4526/2019

Determinadas declaraciones inexactas tienen un canal específico para solicitar retiro bajo garantía.

Para las hipótesis alcanzadas por la resolución, el administrado puede optar entre pago voluntario, retiro bajo garantía o continuación de la vía contenciosa.

La conveniencia de cada opción depende de la fortaleza de la defensa, los montos involucrados, el costo de inmovilización y los efectos jurídicos de cada decisión.

PREGUNTAS FRECUENTES

Respuestas breves para ubicar el problema.

La orientación general no reemplaza el análisis del expediente o de la situación concreta.

¿Toda mercadería retenida puede liberarse con una garantía?

No. Existen supuestos donde la ley excluye o condiciona el libramiento, especialmente por necesidad probatoria, pena de comiso o prohibiciones. Hay que analizar el motivo concreto de la retención.

¿Pedir la liberación implica admitir la infracción?

No necesariamente. El efecto jurídico depende de la vía utilizada. Un pedido de libramiento con garantía puede coexistir con la discusión del fondo del procedimiento.

¿Qué es una garantía aduanera?

Es un mecanismo previsto por el Código Aduanero para asegurar eventuales obligaciones mientras se permite avanzar con determinadas operaciones o pedidos de libramiento.

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