La inexactitud debe analizarse junto con el resultado potencial previsto por la norma.
La infracción no se agota en encontrar una diferencia formal. El artículo vincula esa diferencia con consecuencias específicas, por lo que el análisis debe abarcar tanto la declaración como el efecto que se afirma posible.
También es necesario revisar quién aparece como responsable y qué documentación o antecedentes explican la declaración realizada.
Algunas hipótesis de los incisos a) y c) cuentan con un procedimiento abreviado específico.
La resolución prevé notificación por SICNEA y opciones que pueden incluir pago voluntario, retiro de mercadería bajo garantía o continuación de la vía contenciosa.
Elegir una alternativa tiene consecuencias prácticas y jurídicas. No conviene decidirla sólo por la urgencia comercial sin revisar antes la defensa disponible.
Una diferencia de valor puede afectar tributos, multa y monto de garantía.
Cuando la controversia gira alrededor del valor en aduana, resulta central identificar el método utilizado, las facturas, pagos, ajustes, vinculación y demás documentación económica relevante.
La base económica de la observación puede impactar en distintos componentes del expediente y requiere una revisión separada de la cuestión puramente documental.
Cuando se discute una prohibición, el régimen de liberación puede cambiar.
Las controversias vinculadas con prohibiciones requieren identificar exactamente cuál es la restricción aplicable y si alcanza a la mercadería o a la destinación.
El artículo 245 contempla la discusión sobre prohibiciones entre los supuestos donde no procede el libramiento bajo esa regla general.